RECOMENDACIONES

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lun, 08 jul 2013 10:29:00
Consideraciones a tener en cuenta a la hora de contratar celebraciones.

Mayo y junio son los meses característicos de las comuniones y, debido a la llegada del buen tiempo, los preferidos para las bodas y bautizos.
Son muchos los preparativos que hay que tener en cuenta y numerosos los detalles que se deben concretar para que todo esté listo ese día.
Como consumidores, es importante tener en cuenta algunas consideraciones, que ayudarán a hacer respetar nuestros derechos y recordar nuestras obligaciones ante los diferentes contratos de compra o de servicios que se van a firmar de cara a la celebración.

La OMIC le da algunas pautas:
• Antes de escoger cualquiera de los servicios que rodean a la organización de estos eventos (restaurante, fotógrafo, peluquería, regalos para los invitados…), es conveniente solicitar presupuesto previo en distintas empresas y conocer qué opciones existen en el mercado.
• En el caso de que se deba entregar alguna cantidad por anticipado al contratar un servicio, exija un justificante de ese pago.
• En el momento de escoger el traje, conviene saber que existe la posibilidad de comprar o de alquilar. En cualquier caso, siempre es recomendable revisar el etiquetado y asegurarse de que tanto la vestimenta como el calzado cumplen con la normativa. Si después del evento se lleva el traje a la tintorería, es importante tener en cuenta algunos requisitos que deben cumplir estos establecimientos.
• En cuanto al servicio de restauración (ya sea la contratación de un catering, la reserva de un espacio en un restaurante o de un menú concreto…), es aconsejable que todo lo acordado quede plasmado por escrito: los precios finales, los platos del menú, las condiciones de pago y si hay que entregar alguna cantidad a cuenta, qué pasaría si tuviese que anular el contrato....
• En el caso del reportaje fotográfico, asegúrese de cuál es el precio total que le cobrarán, qué servicios incluye, qué trabajos ha hecho el profesional anteriormente, el número de copias que le entregarán, si le darán el material impreso o en digital... Cuanta más información pueda tener por escrito, más le facilitará después el poder exigir su cumplimiento.
• Si decide alquilar un vehículo para acudir a la iglesia o al juzgado, puede informarse sobre las obligaciones que tienen que cumplir las empresas de alquiler. Si, por el contrario, va a utilizar su vehículo y lo va a revisar con antelación, sepa qué derechos le amparan como usuario de talleres de reparación.
• A la hora de elegir el regalo:

  • En el caso del regalo para el pequeño, se aconseja elegir juegos educativos y, si es posible, mejor que no lleven pilas, ya que son muy contaminantes. En el caso de llevarlas, si son recargables contaminan menos. Si se escoge un videojuego, conviene revisar con detenimiento la información y el tipo de contenido para que sea adecuado a su edad.
  • Si se decanta por una lista de bodas para la recepción de regalos, aclare las condiciones, para saber si existe una caducidad en el plazo para recoger los presentes y si el establecimiento cobra almacenaje si no se retiran en ese tiempo. Si puede, firme un contrato que establezca estas condiciones.

• Sepa que todos los productos nuevos disponen de dos años de garantía.
• Si va a contratar algún servicio de animación, usted tiene derecho a disponer de las condiciones por escrito y a firmar un contrato. Lea detenidamente toda la información y no contrate nada que le genere alguna duda.
• Si se va de viaje para celebrar la luna de miel, infórmese sobre los derechos de los viajeros: son muy amplios y conviene conocerlos con antelación. Es importante informarse previamente tanto si contrata con una agencia de viajes, como si va a realizar un viaje por su cuenta.
• Si tiene que solicitar un crédito para poder hacer frente al gasto de esta celebración, infórmese bien de las condiciones y de la letra pequeña del contrato.
• Pida factura de todo lo que compre y contrate. Será su justificante si necesita reclamar después.
• Es aconsejable escoger siempre establecimientos y empresas que estén adheridas al arbitraje de consumo. Eso le garantizará que, en caso de conflicto, pueda acudir a la Junta Arbitral de Consumo y resolver el problema de forma rápida, segura y gratuita, como si se tratase de un juicio, pero sin necesidad de acudir a los tribunales de justicia.