En la creación de una SLNE a la que se va a aportar un inmueble, ¿Es indispensable también hacer una aportación dineraria?

El capital mínimo de una SLNE (3012€), tiene que ser necesariamente desembolsado mediante aportaciones dinerarias y sólo el exceso de esa cifra puede hacerse, si se desea, mediante aportaciones no dinerarias, por ejemplo, inmuebles.