Violencia Domestica

Con los últimos crecimientos habidos en la plantilla de Policía Local de Valdemoro se ha creado la Unidad de Vigilancia de Violencia Doméstica. Esta unidad ante un problema tan singular y complejo como lo es la violencia doméstica y violencia de género, aunó tanto a la propia Policía Local como a la Concejalía de Acción Social, Juzgados, Centros Médicos y Guardia Civil, ofreciendo a nuestros vecinos un servicio digno y de calidad.

Con el enfoque multidisciplinar desde el que se aborda la problemática de la violencia doméstica y de género, se pretende cubrir las necesidades básicas de las mujeres maltratadas para que, de este modo, puedan afrontar con garantías su realidad más próxima, lejos del agente maltratador.

Desde la creación de esta Unidad se han atendido gran cantidad de casos, en los que no sólo se ha pretendido proporcionar la atención adecuada a cada una de las mujeres maltratadas cuando se han decidido a dar el paso de denunciar su situación, si no que se ha puesto en funcionamiento todo el aparato administrativo para que cada una de ellas haya podido acceder al conjunto de recursos que nuestro Ayuntamiento pone a su disposición, así como que se ha realizado un seguimiento individualizado de cada caso, a los efectos de establecer si los episodios agresivos han desaparecido, han menguado, o, por el contrario, continúan en los mismos términos y, con ello, ir estableciendo los recursos más idóneos para evitar tan luctuosos sucesos.

¿QUÉ SE PUEDE ENTENDER POR MALTRATO DOMÉSTICO?

A grandes rasgos podríamos definir al maltrato doméstico como los actos y las carencias que turban gravemente a las personas, atentan contra su integridad corporal, su desarrollo físico, afectivo, emocional, intelectual y moral, y cuyas manifestaciones son el descuido y/o las lesiones de orden físico y/o psíquico por parte de un familiar o persona que con ellas conviva.

Todo ello son conductas que vienen recogidas y tipificadas en el Código Penal, de modo que la ley intenta proteger la integridad física y psíquica, castigando los malos tratos tanto de obra como de palabra, así como la violencia habitual dentro de la familia.

Como podemos deducir, la violencia dentro de la familia afecta no sólo al cónyuge o pareja, sino que también alcanza a los niños y personas de edad, es decir, a los miembros más débiles que conviven bajo el mismo techo, ocasionando un aspecto más preocupante: la violencia en el hogar suele generar niños agresivos, de hecho muchos adultos violentos han crecido en hogares azotados por el abuso, discordias y malos tratos, faltando un modelo propicio para resolver los conflictos, alimentando la baja autoestima y la capacidad de aprender a resolver la vehemencia de sus impulsos de forma creativa, impidiendo el desarrollo de sus víctimas como sujetos independientes.

EN CASO DE SUFRIR MALOS TRATOS.

Acuda a un Centro Sanitario y pida el Parte de Lesiones (en caso de que precise atención médica).

Es importante que acuda al Hospital o Centro Sanitario más cercano, donde le prestarán la asistencia sanitaria que necesite, es conveniente que le acompañe alguien, de su confianza.

Dígale al personal sanitario la verdad sobre la causa o el origen de las lesiones y pida copia del parte de lesiones, que debe incluir: las lesiones sufridas y el tratamiento aplicado.

El parte de lesiones puede constituir la mejor prueba para su defensa y contribuir a que los Tribunales de Justicia valoren los hechos y fijen la pena correspondiente. Si no se atreve a guardarlo, pídale a alguien, de confianza que lo conserve.

Es aconsejable que le hagan una fotografía de las lesiones antes de que desaparezcan, en la que conste la fecha, para facilitar la tarea de la justicia.

Es importante que usted y sus hijos e hijas reciban apoyo psicológico que les ayude a mejorar su estado emocional. En los Centros de Salud Mental y en el area de la Mujer de su localidad puede encontrar la atención que necesita.

Denuncia de los Hechos.

La Ley protege su integridad y salud física o mental y condena los malos tratos físicos y psíquicos, así como la violencia habitual, las amenazas y coacciones. Poner la denuncia significa que se ha cometido un hecho ilícito y que usted es la víctima y que desea que el asunto sea juzgado.

Puede ponerse en contacto con este Cuerpo de Policía Local, a través de los números de teléfono habituales, con el objeto de formular la denuncia correspondiente y poner a su alcance los medios municipales más adecuados para cada caso.

Tambien se puede interponer la denuncia en cualquier Comisaria de Policía (Servicio Policial de Atención a la Mujer), Cuartel de la Guardia Civil (Equipo de Mujer y Menor, EMUME), o Juzgado de Guardia.

Consejos para formular la denuncia.

Facilite todos los datos posibles sobre las circunstancias en las que se produjo la agresión, si ha sufrido malos tratos en otras ocasiones, si los denuncio, si fue atendida en algún Centro Sanitario o si ha acudido a algún Centro de la Mujer, Centro de Acogida, etc.

Aporte los elementos de prueba que tenga, fotografías de las lesiones padecidas, copia de otras denuncias y guarde los originales.

Si el agresor dispone de armas pida que conste en la denuncia, y que se las retiren.

Lea atentamente el texto de la denuncia antes de firmarlo y asegúrese de que ha sido redactada de acuerdo con sus manifestaciones, de lo contrario pida que se modifique y se incluyan las ampliaciones, que considere conveniente.

Si las amenazas sufridas le hacen temer por su vida o la de sus hijos/as, hágalo constar en la denuncia y solicite del Juez de Guardia Medidas Cautelares de Protección a tenor de los hechos planteados y antecedentes de malos tratos. Estas medidas pueden consistir en la prohibición de aproximación del agresor a determinados lugares, de acercarse o comunicarse con la víctima o con otras personas de su familia. Procure llevar siempre consigo la orden de alejamiento.

En caso de no contar con recursos económicos, tienen derecho a solicitar Asistencia Jurídica Gratuita especializada en violencia contra las mujeres, en el Colegio de Abogados, para que le asista en el juicio de faltas o delito que se siga tras su denuncia.

Si quiere abandonar la vivienda.

En el caso de que decida dejar su domicilio habitual no olvide las siguientes recomendaciones:

Usted tiene siempre derecho a recoger sus objetos personales y los de sus hijos e hijas. Si puede, cójalos en el momento de salir de su casa. Si no puede hacerlo, no olvide que su marido o compañero está obligado a dejarle entrar cuando acuda a recoger sus cosas. En caso de negativa o que tema por su seguridad tiene derecho a llamar a la policía y que ésta le acompañe.

Recuerde que debe dar una nueva dirección a efecto de notificaciones para que las comunicaciones del Juzgado, Policía etc. no lleguen a su antiguo domicilio.