mié, 02 jun 2021 11:23:00
La Ordenanza de Movilidad Urbana Sostenible del Ayuntamiento de Valdemoro que regula, ordena y distribuye el tráfico rodado y facilita la convivencia entre personas y vehículos en las vías urbanas del municipio, ha sido modificada para ajustarse a la nueva ley de tráfico e incluir en su normativa a los denominados vehículos de movilidad personal (VMP). Hasta el 15 de junio inclusive el nuevo texto que sustituirá al actual, vigente desde marzo de 2008, permanecerá sometido a consulta pública.

La ciudadanía podrá conocer el texto y, si lo estima oportuno, realizar sus aportaciones hasta el 15 de junio, inclusive, mediante instancia general que podrá presentarse on line a través del Registro electrónico o presencialmente en cualquier Registro municipal. En este último caso habrá que solicitar cita previa. Toda la información está recogida tanto en la página de Transparencia de la web municipal como en su sede electrónica. https://sede.valdemoro.es/consulta-pública

En su articulado, la nueva Ordenanza de Movilidad desarrolla la normativa reguladora en materia de ordenación, gestión, vigilancia y disciplina del tráfico en las vías urbanas, los usos de dichas vías, la inmovilización y retirada de los vehículos, las funciones de la Mesa de Trabajo de Tráfico, Transportes y Movilidad responsable de la movilidad urbana sostenible en el municipio así como todo lo relacionado con el régimen sancionador o la carga y descarga.

REGULAR LAS NUEVAS FORMAS DE MOVILIDAD
El Ayuntamiento de Valdemoro ha incluido en la nueva ordenanza las condiciones de utilización y circulación de los vehículos de movilidad personal (VMP) o patinetes. Son, según su definición, vehículos de una o más ruedas de una sola plaza, propulsados exclusivamente por motores eléctricos que pueden alcanzar una velocidad de hasta 25 Km/h.

La edad mínima establecida para circular con un VMP es de 15 años aunque los menores podrán conducirlos en espacios cerrados al tráfico y bajo la responsabilidad de sus progenitores.

Es preceptivo circular con casco de protección y los vehículos deben disponer de sistema de frenado, llevar timbre, luces delanteras y traseras así como elementos reflectantes homologados. No se permite circular con ellos por las aceras ni con cascos o auriculares conectados a aparatos receptores de sonido, hablar por el móvil mientras se circula y se recomienda contratar un seguro de responsabilidad civil con cobertura en caso de accidente por daños a terceras personas o materiales.

Los propietarios de VMP destinados al ejercicio de actividades económicas, incluido su alquiler, deberán contar con la correspondiente autorización municipal.

En este apartado se incluyen además recomendaciones como circular con la diligencia y precaución necesarias para evitar daños propios o ajenos a los que utilizan para desplazarse aparatos de tracción humana sin motor - monopatín, patines o similares- y utilizar prendas, chalecos o bandas reflectantes cuando circulen de noche o en condiciones de baja visibilidad.