mié, 23 dic 2020 07:26:00
Los vecinos que tengan que realizar reformas en el interior de su vivienda o local, que no afecten a la distribución o colocación de nuevas instalaciones, solo tendrán que comunicar al Ayuntamiento la realización de los trabajos y abonar una fianza de gestión de residuos. Desde la entrada en vigor de la reforma de la Ley del Suelo de la Comunidad de Madrid se han eliminado las licencias y tasas de tramitación e impuestos que suponían un 5% del presupuesto de las reformas.

La sustitución de acabados interiores de una sola vivienda o local, solados, alicatados, yesos y pinturas, reparaciones puntuales de cubiertas, cornisas, salientes o vuelos, reposición o renovación de instalaciones eléctricas o de aires acondicionados, limpieza de solares u otras intervenciones de análogas características son las que están exentas de contar con licencia o pagar impuestos o tasas, según el artículo 160 de la nueva ley.

No obstante, la normativa mantiene el control de residuos de construcción y demolición para evitar el vertido incontrolado de estos materiales. Esto supone que se debe abonar una fianza de 150 euros y adjuntar el formulario ‘Acto comunicado'. El Consistorio procederá a devolver esta cantidad una vez que se acredite haber depositado los escombros en un vertedero autorizado, como es el caso del Punto Limpio Municipal que admite un volumen máximo diario de 100 litros (5 sacos).

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