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vie, 01 oct 2021 07:31:00
Desde el 1 de octubre se aplica una nueva normativa para calcular los peajes y los cargos de gas que afectará a clientes domésticos con un consumo anual igual o inferior a 50.000 kWh. El grupo tarifario a aplicar se establecerá en función del consumo anual realizado en lo que se denomina el año de gas (1 de octubre al 30 de septiembre).

¿Qué son los peajes de acceso de gas?
Los peajes de acceso de gas natural, llamados también tarifas de acceso, son los costes que los usuarios tienen que pagar por el hecho de disponer de gas natural en su punto de suministro y hacer uso de las instalaciones gasistas (red de distribución, etc.).

¿Qué normativa aplica?
Desde el 1 de octubre se aplica una nueva normativa a clientes domésticos con un consumo anual igual o inferior a 50.000kWh, que es la siguiente:
• Circular 6/2020 de la Comisión Nacional del Mercado de la Competencia (CNMC) que establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural (costes regulados instalaciones gasistas).
• El Real Decreto 1184/2020, que establece la metodología de cálculo de los cargos de gas. Los cargos se destinarán a cubrir los costes regulados no asociados al uso de las instalaciones de gasistas.

¿Qué cambia con la nueva normativa?
• Se adecuan los Grupos Tarifarios, que dejarán de depender del nivel de presión y pasarán a depender del consumo anual.
• La empresa distribuidora asignará el Grupo Tarifario de aplicación a cada consumidor, en función del consumo realizado desde julio 2020 hasta junio 2021.
• El año de gas se establece entre el 1 de octubre al 30 de septiembre (en lugar del año natural), es decir, cada 1 de octubre el importe a abonar por estos conceptos regulados podrá cambiar en función de los cálculos de la CNMC y el Gobierno. Los nuevos precios serán publicados en el BOE.

GRUPO TARIFARIO NUEVO CONSUMO ANUAL GRUPO TARIFARIO ANTERIOR
RL 1 <= a 5.000 Kwk 3.1
RL 2 > a 5.000 e
<= a 15.000 Kwk
3.2
RL 3 > a 15.000 e
<= a 5.000 Kwk
3.2


¿Cómo se informará a los clientes?
• En la factura. Las empresas comercializadoras informarán de forma clara y transparente a los consumidores de la nueva estructura de peajes, en las tres facturas anteriores al 1 de octubre del 2021.
• Mensaje. A partir del 1 de octubre de 2021 la estructura de su peaje pasará a ser la que le corresponda según lo establecido en la Circular 6/2020 de la CNMC publicada en el BOE del 25 de julio de 2020, aplicando las condiciones establecidas en dicha circular y en la legislación vigente.
• El cliente podrá ver en sus facturas el importe a abonar por los peajes de acceso y los cargos del sistema. Estos conceptos estarán detallados en las facturas por lo que el cliente podrá conocer el coste de los mismos.

A TENER EN CUENTA
• Los peajes y cargos son conceptos regulados, destinados a cubrir los costes regulados del sistema gasista y otros costes regulados no asociados al uso de las instalaciones.
Desde octubre de 2021, serán diferentes agentes los que establezcan los precios:

  • Comisión Nacional del Mercado de la Competencias (CNMC): Peajes de acceso.
  • Gobierno: Cargos del sistema.

• En el segmento doméstico, en general se mantendrá la misma estructura, por lo que no habrá cambios significativos, aunque es posible que un porcentaje de clientes domésticos pueda tener una bajada de precios en su factura (el impacto puede variar entre consumidores y dependerá de cada caso).

• Se hará una adaptación del Grupo Tarifario a aplicar y se establecerá en función del consumo realizado entre julio del 2020 y junio del 2021.En la factura se podrá consultar el Grupo Tarifario aplicado.

• Estos cambios están regulados por la CNMC y el Gobierno, y tanto las empresas comercializadoras como las distribuidoras deben adaptarse para aplicar los cambios tal y como indica la circular de la CNMC y el RD de cargos.

• Los cambios entran en vigor el 1 de octubre 2021.