RECOMENDACIONES

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lun, 08 jul 2013 10:51:00
Limpieza, teñido y conservación de prendas.

Se entiende por servicio de tintorería la limpieza, conservación y teñido de productos textiles, cueros, pieles y sintéticos, realizados en el propio establecimiento o en el domicilio del usuario.
La limpieza se refiere al lavado de los productos señalados anteriormente, con la utilización de agua y jabón u otros productos. Este servicio se puede prestar en seco o con productos líquidos.
Por teñido se entiende el cambio de color de las prendas.
La conservación implica el mantenimiento de la prenda durante un tiempo determinado y en condiciones óptimas para evitar su deterioro.

CARTA DE RECOMENDACIONES
Se trata de una lista de diez consejos, que los clientes pueden solicitar al empresario.

Al entregar una prenda a un establecimiento de limpieza en seco, es conveniente, y le evitará problemas, que compruebe  con el mayor detenimiento posible, lo siguiente:

  • Estado y valoración que, a su juicio, merece la prenda (nueva, seminueva, usada, etc).
  • Faltas o desperfectos en los botones, corchetes y otros elementos que pudiera tener la prenda.
  • Ausencia en los bolsillos de objetos extraños como papeles, etc.

Al encargar la realización del trabajo debe solicitar que le entreguen el correspondiente resguardo o justificante, cerciorándose de que las observaciones que se  consignen corresponden al servicio solicitado y a las características de la prenda, de acuerdo con lo que se indica en el apartado anterior.

Establezca, de común acuerdo con el responsable del establecimiento, la valoración de la prenda objeto del servicio, a efectos de indemnización en caso de extravío o de deterioro, exigiendo que esta valoración conste en el resguardo.

En el caso de que existiesen discrepancias entre el valor que da usted a la prenda y el señalado por el responsable del establecimiento, lo mejor para evitar molestias es acudir a otro establecimiento del ramo.

Cuando le devuelvan la prenda una vez terminado el servicio, es conveniente que compruebe detenidamente si han desaparecido todas las manchas y si existe algún desperfecto que no se hubiese hecho constar previamente en el resguardo.

Si estimase que la limpieza ha sido defectuosa, podrá exigir que se la realicen de nuevo, sin cargo alguno.

Si la prenda ha sufrido durante la limpieza algún desperfecto, podrá exigir una indemnización en función de este, previo acuerdo con el responsable del establecimiento.

En caso de no llegar a acuerdo, podrá utilizar las hojas de reclamaciones que al efecto deben existir en el establecimiento.

A efectos de resolución de su eventual reclamación, acójase a la mediación, o al sistema arbitral, a través de la OMIC.

RESGUARDO O JUSTIFICANTE DEL SERVICIO

En el momento de la entrega de la prenda o prendas por parte del cliente, la tintorería deberá entregar un resguardo o justificante, en el que figurarán, al menos, los siguientes datos:

  1. Nombre, domicilio y NIF o DNI de la empresa.
  2. Número de referencia para identificar el servicio requerido, y fecha de recepción de la prenda.
  3. Nombre y domicilio del usuario.
  4. Servicio solicitado para cada una de las prendas o paquetes.
  5. Fecha prevista de terminación del servicio, así como si la prenda o prendas serán devueltas a domicilio.
  6. Precio del servicio solicitado para cada prenda y el total correspondiente.
  7. Cualquier observación que la tintorería o el usuario quieran hacer constar, como el color o estado de uso de la prenda, o el tratamiento que el consumidor ha solicitado que se realice al tejido.
  8. La valoración previa de la prenda, establecida de mutuo acuerdo, a efectos de indemnización por posible extravío o deterioro.
  9. Firma y sello del prestador del servicio.

Una copia del resguardo será para el cliente y otra para el prestador del servicio.

Cuando sea solicitado el pago anticipado total o parcial del importe -siempre que el cliente esté de acuerdo con ello-, el servicio adquirirá carácter de urgencia, y se deberá realizar en un plazo máximo de tres días (seis, en los servicios de teñido).

Para retirar las prendas, es obligatorio presentar el resguardo, que deberá ser devuelto al cliente haciendo constar en el mismo que el servicio ha sido pagado. Si se extraviase este resguardo, el cliente deberá acreditar su identificación al prestador del servicio y firmar la copia en poder de la tintorería.

Las prendas podrán ser retiradas en un plazo máximo de tres meses sin recargo alguno. A partir de esa fecha se podrá cobrar en concepto de guardarropa o conservación, siempre que el importe de este servicio figure en el establecimiento, en un lugar visible al público, o aparezca expresamente reseñado en la lista de precios.

Es importante no deshacerse del resguardo, ya que servirá como documento justificativo a efectos de cualquier reclamación.

QUÉ HACER ANTE UN PROBLEMA
En el supuesto de daños, deterioro o pérdida de las prendas, la empresa responsable deberá abonar en concepto de indemnización la cantidad que hubiera sido fijada de forma previa. Si no se hubiera efectuado dicha valoración, la indemnización deberá exigirse por los medios legalmente previstos. Se considera extraviada una prenda cuando, requerida por el cliente, no le sea devuelta en un plazo de 30 días contados desde la fecha prevista para la entrega.

Cuando se solicite un servicio y su resultado no sea conforme con lo requerido, el cliente podrá exigir que se realice de nuevo, sin que suponga cargo alguno para él.

Si el consumidor no está conforme con el resultado de ese segundo servicio, podrá solicitar la hoja de reclamaciones, que debe estar a su disposición. Si la empresa se niega a facilitarla, el cliente podrá presentar una queja ante los organismos competentes en materia de consumo, por el medio que considere más adecuado.

En la hoja de reclamaciones, se deben rellenar todos los datos que se soliciten en el impreso, detallando los hechos de forma clara y concreta. En el caso de tener que presentar una reclamación, es recomendable no retirar la prenda de la tintorería, a la espera de la resolución del problema.

La hoja de reclamaciones consta de un original y dos copias. El consumidor debe remitir el original a las autoridades competentes en materia de consumo. Una de las copias quedará en poder del establecimiento y la otra, la conservará el usuario. Es importante adjuntar a su reclamación cuantas pruebas o documentos sirvan para mejorar la valoración de los hechos, tales como el resguardo acreditativo del servicio, la factura de compra de la prenda (si lo conserva), etc.

CONSEJOS

Es importante seguir las siguientes recomendaciones:

  • Cerciorarse de que no queda ningún objeto en el interior de los bolsillos de la prenda que se deja en la tintorería. Hay que tener en cuenta que determinados adornos y botones pueden verse afectados por el tratamiento de limpieza. En caso de duda, y si fuera posible, lo más recomendable es quitarlos previamente.
  • En el caso de conjuntos integrados por varias prendas (por ejemplo, un vestido de dos o tres piezas, cortinas, etc.), es recomendable dejar todas ellas en la tintorería, para evitar que tomen diferentes tonalidades si se someten a un número distinto de limpiezas cada una de ellas.
  • Fijar una indemnización, de mutuo acuerdo, para que la empresa abone esa cantidad en caso de pérdida o deterioro.
  • No deshacerse del resguardo, porque será necesario en caso de posibles reclamaciones.
  • Al recoger la prenda una vez terminado el servicio, comprobar si han desaparecido todas las manchas y si existe algún desperfecto que no  constara en el resguardo.
  • La Asociación de Tintoreros está adherida al Sistema Arbitral de Consumo y algunas tintorerías también. Hay que tener en cuenta que, si se opta por el arbitraje, es imprescindible que no se retire la prenda del establecimiento.