Vehículos Abandonados

De todos es sabido que dejar un vehículo abandonado en la vía pública supone un deterioro del mismo con la acumulación de suciedad y accidentes para viandantes y niños que transiten por la zona, así como el deterioro medioambiental que supone y la ocupación de plazas de estacionamiento. Así mismo dejar un vehículo abandonado supone una infracción a la Ley de Residuos Sólidos Urbanos, 5/2003 de 20 de Marzo de la C.A.M.

¿Cuándo se considera un vehículo abandonado?

Se considerarán vehículos abandonados, a los que se calificará de residuos urbanos conforme a las Leyes 11 de 1999, de 21 de abril, que modifica la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial, y 10 de 1998, de 21 de abril, de Residuos, los siguientes:

a) Cuando transcurran más de dos meses desde que el vehículo haya sido retirado de la vía pública por la autoridad municipal (art. 71.a.a de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial).

b) Cuando permanezca estacionado por un período superior a un mes en el mismo lugar y presente desperfectos que hagan imposible su desplazamiento por sus propios medios o le falten las placas de matricula (art. 71.1a.b de la Ley de Tráfico, Circulación de Vehículos a Motor y Seguridad Vial).

La Policía Local de Valdemoro, a través de su Unidad de Policia de Barrio, cuando detecte la existencia de un vehículo abandonado procederá a la identificación del mismo y a la gestión para conocimiento del titular, a fin de notificarle conforme a lo dispuesto en el artículo 59 de la Ley 30 de 1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, requerimiento para que en el plazo de quince días retire el vehículo del depósito o lugar de la vía en que se encuentre, con la advertencia de que en caso contrario se procederá a su tratamiento como residuo sólido urbano.

No obstante, una vez identificado el titular y notificado, de forma verbal o con escrito remitido, se le ofrecerá el servicio de retirada del vehículo, completando por parte del titular o propietario la autorización de retirada por parte de los servicios municipales, haciendo entrega de la documentación del vehículo (permiso de circulación y tarjeta de inspección técnica).

Con la autorización referida por parte de la Policía Local se procederá a la retirada del vehículo y su remisión a un Centro Autorizado de Destrucción a fin de expedir Certificado de Destrucción, necesario para la tramitación de la baja definitiva en la Jefatura Provincial de Tráfico, así como informar al Departamento de Rentas de este Ayuntamiento los trámites seguidos para proceder igualmente a la baja del Impuesto de Vehículos de Tracción Mecánica (vehículos empadronados en esta localidad).

Le recomendamos que si quiere deshacerse de su vehículo, tramite la correspondiente baja en la Jefatura Provincial de Tráfico y lo traslade a un desguace. No obstante si Ud. tiene un vehículo estacionado en la vía pública en situación de abandono, puede contactar con la Policía Local para solucionar ese problema.

Todos estos trámites pueden realizarlos en la Jefatura de Policía Local, Avda. de España, 97, o solicitar información en los siguientes teléfonos ó e-mail.

Teléfonos 91.809.22.13, Fax: 91.809.22.95

e-mail.- [email protected]