vie, 19 nov 2021 13:06:00
El Catastro Inmobiliario, dependiente del Ministerio de Hacienda, realizó en 2018 una actualización de las superficies construidas registradas que sirven de base para determinar la cuantía del impuesto de bienes inmuebles (IBI) o contribución urbana. Dichos datos no se utilizaron para la elaboración de los recibos de ese año, por lo que ahora se está procediendo a notificar a cada contribuyente la diferencia existente entre el importe abonado en 2018 y el que corresponde a los nuevos datos recogidos por el Catastro. Se trata de un recibo único y extraordinario que solamente se realizará en el presente ejercicio y cuyo pago no se puede domiciliar.

La actualización de datos realizada en 2018 por el Ministerio de Hacienda –mediante drones- a través del Catastro se trataba de una regularización efectiva de los espacios que los propietarios han ido añadiendo a los inmuebles (terrazas, buhardillas, porches y pequeñas construcciones) sin haber realizado la correspondiente inscripción en los datos catastrales. La recopilación de esta información finalizó cuando ya se había emitido la carta de pago de la contribución urbana de 2018, por lo que el gravamen se aplicó sobre las superficies con las que se contaba hasta 2017.

Paralelamente, se comunicó a los propietarios afectados la tasa de revisión por variaciones y  ampliación de metros no declarados. La cuantía es diferente en cada caso, ya que está en fundión de la superficie que se haya sumado al inmueble.
 
En los tres últimos ejercicios (2019, 2020 y 2021) ya se ha girado el recibo del IBI con los datos catastrales actualizados, es decir, con los recogidos en 2018.

La notificación que se está realizando en estos días y que afecta únicamente a quienes hayan modificado la superficie útil de sus fincas, corresponde a la diferencia entre lo que pagaron por dicho impuesto en 2018 y lo que tendrían que haber abonado si ya se hubieran incorporado los nuevos registros de superficie a dicho recibo. Ahora lo tendrán que liquidar en la correspondiente entidad bancaria ya que al tener carácter único y extraordinario no se incorpora a las domiciliaciones.