ORDEN 2138/1996, de 25 de septiembre de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
Un año más se inicia la Campaña Oficial de aplicación en todas las matanzas domiciliarias de cerdos para consumo familiar que se realicen en el término municipal del Valdemoro. Se desarrollará en el período comprendido entre el 1 de NOVIEMBRE/2026 y el 31 de MARZO/2027.
PROCEDIMIENTO DE AUTORIZACIÓN PARA LA CAMPAÑA
Los particulares propietarios de cerdos que deseen sacrificarlos en régimen de matanza domiciliaria, o su representante (que deberá acreditar dicha representación), vendrán obligados a:
- Realizar solicitud de autorización del sacrificio, con 72 horas como mínimo de antelación. Adjuntando DECLARACIÓN RESPONSABLE (Modelo único, adjunto a esta información).
- Sólo podrá solicitarse el sacrificio del número de cerdos necesario para poder satisfacer las necesidades de consumo familiar.
- En la solicitud se hará constar: Lugar, día, número de cerdos que se sacrificarán y proposición de veterinario colaborador nombrado por la Dirección General de Salud Pública para la Campaña de matanza anual. Se facilitará listado de los Veterinarios colaboradores autorizados por la Comunidad de Madrid (que se pueden consultar en la página Web del Ayuntamiento de Valdemoro). Ya que son los únicos profesionales autorizados para inspeccionar estas carnes.
DÓNDE SE SOLICITA Y SE PRESENTA
De forma presencial, en Registro General del Ayuntamiento. Plaza de la Constitución, 11, 28341 Valdemoro, Madrid. Así como en otros puntos de Registro Oficiales: Urbanismo, Área Económica. Y, a través de REGISTRO ELECTRÓNICO (si está registrado en CLAVE o dispone de certificado digital) puede cumplimentar la instancia de manera on-line.
LUGAR DE SACRIFICIO
Con carácter general, el sacrificio de cerdos será autorizado en domicilio particular, cumpliendo las mínimas condiciones sanitarias establecidas en la legislación vigente.
Normas de Protección Animal en el Sacrificio: Las matanzas domiciliarias de cerdos cumplirán lo establecido en el R.D. 37/2014 de 24 de enero, sobre Protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza, evitando toda agitación, dolor o sufrimiento innecesario.
Destino de los productos resultantes de la matanza: Los productos resultantes de las matanzas se destinarán únicamente al consumo familiar, quedando por tanto prohibida su venta y/o cesión a establecimientos cárnicos, restaurantes, bares y, en general para la venta directa al público.
INFORMACIÓN ADICIONAL
El Veterinario Colaborador Oficial y los propietarios de cerdos que deseen sacrificarlos, coordinarán sus actuaciones para evitar la triquinelosis que es una enfermedad parasitaria que afecta a mamíferos silvestres y domésticos, que se transmite de modo accidental al hombre por la ingestión de carne o productos cárnicos crudos o insuficientemente cocinados, procedentes de animales infectados. Dicha coordinación consistirá en el control sanitario del sacrificio del cerdo, realizándose una inspección post morten de la canal y sus vísceras.
Los particulares propietarios de cerdos que deseen sacrificarlos en Régimen de Matanza Domiciliaria, o su Representante (que deberá acreditar dicha representación).
- Solicitud de autorización del sacrificio mediante registro electrónico, o en su defecto mediante instancia general con Registro en el Ayuntamiento de Valdemoro (de manera presencial).
- Declaración responsable (modelo único) que se deberá adjuntar a esta solicitud.
Ambos documentos previos a la realización de la misma.
De forma presencial, en Registro General del Ayuntamiento. Plaza de la Constitución, 11, 28341 Valdemoro, Madrid. Así como en otros puntos de Registro Oficiales: Urbanismo, Área Económica. Y, a través de REGISTRO ELECTRÓNICO (si está registrado en CLAVE o dispone de certificado digital) puede cumplimentar la instancia de manera on-line.
El trámite de solicitud de autorización (por Registro Oficial del Ayuntamiento de Valdemoro) para la realización de Matanza de Cerdos es gratuito.
ORDEN 2138/1996, de 25 de septiembre de la Consejería de Sanidad y Servicios Sociales
Un año más se inicia la Campaña Oficial de aplicación en todas las matanzas domiciliarias de cerdos para consumo familiar que se realicen en el término municipal del Valdemoro. Se desarrollará en el período comprendido entre el 1 de NOVIEMBRE/2026 y el 31 de MARZO/2027.
LUGAR DE SACRIFICIO
Con carácter general, el sacrificio de cerdos será autorizado en domicilio particular, cumpliendo las mínimas condiciones sanitarias establecidas en la legislación vigente.
Normas de Protección Animal en el Sacrificio: Las matanzas domiciliarias de cerdos cumplirán lo establecido en el R.D. 37/2014 de 24 de enero, sobre Protección de los animales en el momento de su sacrificio o matanza, evitando toda agitación, dolor o sufrimiento innecesario.
Destino de los productos resultantes de la matanza: Los productos resultantes de las matanzas se destinarán únicamente al consumo familiar, quedando por tanto prohibida su venta y/o cesión a establecimientos cárnicos, restaurantes, bares y, en general para la venta directa al público.
INFORMACIÓN ADICIONAL
El Veterinario Colaborador Oficial y los propietarios de cerdos que deseen sacrificarlos, coordinarán sus actuaciones para evitar la triquinelosis que es una enfermedad parasitaria que afecta a mamíferos silvestres y domésticos, que se transmite de modo accidental al hombre por la ingestión de carne o productos cárnicos crudos o insuficientemente cocinados, procedentes de animales infectados. Dicha coordinación consistirá en el control sanitario del sacrificio del cerdo, realizándose una inspección post morten de la canal y sus vísceras.