MERCADILLO MUNICIPAL

Información relativa al mercadillo semanal

DESCRIPCIÓN
Se encuentra ubicado en C/ Orfeo y calles peatonales del parque.
Dispone de 78 puestos dedicados a la venta, con una amplia oferta de productos: textiles, calzado, complementos, cosmética, frutas y verduras, frutos secos y variantes, flores y plantas, confección y complementos del hogar.

NORMATIVA
ORDENANZA REGULADORA DE LA VENTA AMBULANTE EN EL MERCADILLO MUNICIPAL

DÍA DE CELEBRACIÓN Y HORARIO
Viernes, de 9.00 a 14.00 h.

ACCESOS
•    Coche
•    Autobús L2 , L3

GARANTÍAS DE LA COMPRA
•  Todos los vendedores del Mercadillo Municipal poseen una licencia de venta expedida por el Ayuntamiento de Valdemoro, la cual deben exhibir en lugar visible del puesto. En la misma se indica el nombre y apellidos del vendedor titular así como de la persona que puede sustituirle, el número del puesto que ocupa y el tipo de productos que puede comercializar.
•  Los vendedores proporcionarán a los consumidores un documento acreditativo que justifique la venta de los productos (tique de compra).
• Todos los puestos deben disponer de Hojas de reclamaciones, teniendo la obligación de anunciar su existencia.

TRÁMITES

•    ACREDITACIÓN DE LOS TITULARES DE PUESTOS DE MERCADILLO (RENOVACIÓN)
 
PLAZO aportación de documentación: Del 1 al 30 de noviembre de cada año.

LUGAR de presentación: Oficinas de registro en horario de lunes a viernes, 9.00 a 14.00 h.
• Registro General: Plaza de la Constitución, 11.
• OMIC: C/ Tenerías, 28.
• Registro Área Económica: C/ Guardia Civil, 25.
• Cualquier Oficina de Registro que pueda enviar electrónicamente la documentación a nuestro Ayuntamiento a través de Sistema de Interconexión de Registros (ORVE).

Todo ello, sin perjuicio de la presentación de esta solicitud en cualquier oficina de asistencia en materia de registro de este Ayuntamiento o entidades públicas dependientes del mismo, así como la presentación en las formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Publicas.

DOCUMENTACIÓN A APORTAR
SOLICITUD DE ACREDITACIÓN
DECLARACIÓN RESPONSABLE (Anexo 1)

•    SOLICITUD DE TRANSMISIÓN DE LA AUTORIZACIÓN PARA LA VENTA AMBULANTE EN EL MERCADILLO MUNICIPAL

QUIÉN PUEDE SOLICITAR/TRAMITAR
Toda persona física o jurídica legalmente constituida, que se dedique a la actividad de comercio al por menor y que reúna los requisitos establecidos en la Ordenanza Reguladora del Mercadillo Municipal y se tramitará mediante la cumplimentación de formulario normalizado aportándose la documentación requerida en la solicitud de transmisión.

DÓNDE SE PUEDE SOLICITAR/TRAMITAR:
La solicitud para el ejercicio de la actividad deberá ser presentada por el interesado o su representante a través del Registro General del Ayuntamiento de Valdemoro o en cualquiera de los Registros Auxiliares,  en el de otros Ayuntamientos, en los de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todos aquellos registros que establezcan las disposiciones vigentes. También podrá remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, a partir de su entrada en vigor del Registro electrónico, el 2 de octubre de 2018.

OTROS DATOS DE INTERÉS:
Fecha/Plazo de presentación: En cualquier momento de la vigencia de la autorización.
Legislación Aplicable: Ley 1/1997, de 8 de enero, Ley Reguladora de la Venta Ambulante en la Comunidad de Madrid,  Decreto 17/1998, de 5 de febrero, por el que se aprueba el reglamento de desarrollo de la Ley Reguladora de Venta Ambulante de la Comunidad de Madrid y Ordenanza reguladora del Mercadillo Municipal en el municipio de Valdemoro.

SOLICITUD DE TRANSMISIÓN
DECLARACIÓN RESPONSABLE (Anexo 1)

•    SOLICITUD DE PUESTO EN EL MERCADILLO MUNICIPAL

Según la Ordenanza Reguladora de la venta ambulante en el mercadillo municipal en el municipio de Valdemoro el plazo para la presentación de las correspondientes solicitudes de autorización municipal, será con carácter general el comprendido entre el 1 de noviembre y el 31 de enero de cada año, salvo supuestos excepcionales debidamente justificados por la naturaleza del producto objeto de venta, para los que será preciso establecer un plazo distinto que será determinado por la Concejalía que tenga delegada la competencia.

Las solicitudes para la venta ambulante se harán en impreso normalizado al efecto, firmado por el interesado o su representante legal debidamente autorizado, en la que se hará constar:

a) Nombre y apellidos del peticionario ó razón social en caso de ser persona jurídica.
b) NIF, CIF, DNI, pasaporte, tarjeta de residente para ciudadanos comunitarios; permiso de residencia y trabajo para los no comunitarios.
c) Domicilio de las personas físicas o domicilio social para las jurídicas.
d) Descripción precisa de mercancías y/o tipo de producto que desea poner en venta.
e) Descripción de las instalaciones o sistemas de ventas.
f) Declaración jurada de no haber sido sancionado por comisión de falta muy grave en el ejercicio de su actividad en los dos años anteriores.

Junto a la solicitud referida, el interesado deberá firmar una declaración responsable en la que manifieste:
a) El cumplimiento de los requisitos establecidos en la presente Ordenanza y demás normas de aplicación.
b) Estar en posesión de la documentación que acredite los requisitos a partir del inicio de la actividad.
c) Mantener el cumplimiento de los requisitos durante el plazo de vigencia de la autorización.

La solicitud para el ejercicio de la actividad deberá ser presentada por el interesado o su representante a través del Registro General del Ayuntamiento de Valdemoro o en cualquiera de los Registros Auxiliares,  en el de otros Ayuntamientos, en los de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas, y en todos aquellos registros que establezcan las disposiciones vigentes. También podrá remitirse mediante las demás formas previstas en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, a partir de su entrada en vigor del Registro electrónico, el 2 de octubre de 2018.

Ficheros disponibles