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Centro de Asociaciones Pedro Zerolo. C/ Río Manzanares, 4
28342 - Valdemoro
Tel.: 91 809 96 74 • 91 809 96 77

Horario para las asociaciones:
De lunes a jueves, de 9.00 a 14.00 y de 17.00 a 20.00 h. Viernes, de 9.00 a 14.00 h.

Los amantes de las bicicletas clásicas, locales y foráneos, tienen una cita el próximo domingo 15 de septiembre en el encuentro lúdico y cultural que el Ayuntamiento de Valdemoro ha organizado para promover el uso de la bicicleta y divulgar, al mismo tiempo, el rico patrimonio histórico y ambiental de la ciudad.

Las tres salas de exposiciones de Valdemoro ya están listas para acoger las primeras muestras tras el parón estival. Este mismo jueves 12, en el Centro Cultural Juan Prado, el público podrá recordar el centenar de portadas publicadas por La Revista de Valdemoro; el viernes 13, la Biblioteca Municipal Ana María Matute presenta las pinturas de la artista Mª José García, que firma como Lillo, y el miércoles 25, en La Estación Centro Cultural colgará la colección de fotografías desde una ventana, con relato incluido, de Pedro G. Quiñones. La entrada para ver cualquiera de estas propuestas artísticas es gratuita.

Desde el miércoles 11 de septiembre se pueden adquirir las entradas para el primer espectáculo de la nueva temporada teatral, en la que se han programado cuatro obras: la comedia ‘Se Alquila', la humorística y gestual ‘War Baby', el drama ‘Dos tronos, dos reinas' y los títeres ‘La isla del tesoro'. Las cuatro propuestas escénicas para el Juan Prado, que se representarán desde este mes hasta noviembre, se programan en colaboración con la Red de Teatro de la Comunidad de Madrid.

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ABIERTO PLAZO DE TRAMITACIÓN APERTURA DE PISCINAS DE USO COLECTIVO

El 1 de junio se abre el plazo de presentación ante el Área de Salud del Ayuntamiento de Valdemoro de la documentación necesaria para proceder a la apertura al público de piscinas de uso colectivo, con el fin de garantizar las condiciones higiénico-sanitarias de estas instalaciones y evitar riesgos de accidentes y enfermedades asociadas al uso y disfrute de las mismas. La temporada de verano en estos espacios acuáticos podrá iniciarse una vez que se haya comprobado la documentación y que cumple con la normativa.

La legislación que regula los requisitos técnico-sanitarios que deben cumplir las piscinas de uso privado de las comunidades de propietarios es el Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, y el decreto autonómico 80/1998, de 14 de mayo, además de las disposiciones legales vigentes en materia de prevención frente a la COVID-19: la Orden de la Consejería de Sanidad 439/2022, de 28 de marzo que modifica la 1244/2021, de 1 de octubre.

 

TRAMITACIÓN EN LOS REGISTROS DEL AYUNTAMIENTO

El trámite se realizará en cualquier punto de Registro oficial del Ayuntamiento de Valdemoro, ya sea presencial o electrónico -en este último caso será necesario que quien vaya a realizar la gestión esté dado de alta en Cl@ve o disponga de certificado digital-, aportando la siguiente documentación: la comunicación previa de reapertura de la piscina de verano firmada por el presidente o representante legal –que deberá acreditar dicha representación-; la declaración responsable que se puede descargar de la web municipal; el análisis físico-químico y microbiológico del agua de cada uno de los vasos -incluyendo el ácido isocianúrico- y también del agua de pozo si este fuera el origen de la misma; el certificado de tratamiento de desratización, desinsectación y desinfección (DDD) y el NIF de la persona que presida la comunidad de vecinos.

Además, si la piscina es de nueva apertura deberá aportarse el CIF o NIF de la propia colectividad de propietarios.

Dado que es obligatorio que las instalaciones cumplan con la normativa sanitaria durante toda la temporada estival estas deberán tener a disposición de la inspección sanitaria los siguientes documentos: original de los contratos de los socorristas -que deberán estar obligatoriamente inscritos en el correspondiente registro autonómico- y del personal sanitario y su titulación, si procede; ficha técnica de los productos químicos de tratamiento y de seguridad; identificación de los kits para el control del agua; hoja de incidencias de Registro de Accidentes; protocolo de autocontrol de COVID-19 que incluya limpieza, desinfección y registros y, por último, Libro de registro sanitario de piscinas.

Por otra parte, el presidente y la comunidad de propietarios, como responsables del cumplimiento de la normativa en la instalación, deberán garantizar que al frente de la misma haya una persona o empresa técnicamente capacitada para asegurar su correcto funcionamiento y salubridad durante todo el tiempo que permanezca en servicio.

ANÁLISIS COMPLEMENTARIOS
En este mismo sentido y con el fin de certificar que el agua cumple a lo largo de todo el periodo estival los mismos requisitos que en el momento de su apertura, es preceptivo que las comunidades de a partir de 30 viviendas presenten, antes del 10 de agosto, un segundo análisis físico-químico y microbiológico del contenido de todos los vasos. Esa obligatoriedad será mensual para piscinas públicas de agrupaciones deportivas u otros colectivos y el trámite tendrá que hacerse antes del día 15 de cada mes.

DEFICIENCIAS ESTRUCTURALES
Por lo que respecta a las instalaciones en las que una inspección anterior hubiera detectado deficiencias estructurales, se deberá solicitar una nueva supervisión para comprobar la subsanación antes de la apertura. 

SOLICITUD Desde el 1 de junio. Por Registro Electrónico (se precisa estar registrado en Cl@ve o firma electrónica) o presencialmente en el Registro General del Ayuntamiento o en cualquiera de las formas previstas por la ley.

• Formulario de comunicación de apertura
• Declaración responsable
• Libro de registro sanitario de piscina

NORMATIVA LEGAL

• Medidas preventivas ante la COVID-19_2022
• Real Decreto 742/2013, de 27 de septiembre, por el que se establecen los criterios técnicosanitarios de las piscinas.
• Decreto 80/1998, de 14 de mayo, por el que se regulan las condiciones higiénico-sanitarias de piscinas de uso colectivo. Comunidad de Madrid
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• Real Decreto 865/2003, de 4 de julio, por el que se establecen los criterios higiénico-sanitarios para la prevención y control de la legionelosis.

• Orden 439/2022, de 28 de marzo que modifica la Orden 1244/2021 de 1 de octubre, de la Consejería de Sanidad, por la que se establecen medidas prventivas para hacer frente a la crisis sanitaria por el COVID-19.
• Orden 576/2022, de 21 de abril, que modifica lo indicado en la orden 1244/2021 en relación a las piscinas de uso colectivo deportivo/recreativo sobre las medidas preventivas para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19. 
• Orden 1293/21 de 30 de septiembre, por la que se regula la formación mínima necesaria para prestar servicios como socorrista en piscinas, instalaciones acuáticas y medio natural de la Comunidad de Madrid.


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